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Federació d'Associacions Veïnals de Mollet del Vallès

Histórica sentencia ratificada por la audiencia provincial de Navarra, en la que un juez aplica de facto la dación en pago!

La audiencia provincial de Navarra  en el AUTO Num 111/2010 ratifica la decisión de un juez que se niega a que un banco, que previamente había ejecutado la hipoteca y se había adjudicado el inmueble por el 50% del valor de tasación, continúe reclamando la deuda restante a la familia. Ante la demanda  de una entidad bancaria de proseguir con la ejecución de la deuda , el tribunal estima que no da lugar y fundamenta su argumentación en que el banco había tasado el activo inmobiliario por una cantidad que satisface con creces la deuda hipotecaria que recaía sobre la familia.

Es más, le recuerda el tribunal, que las entidades bancarias tienen una responsabilidad insoslayable en la crisis que estamos padeciendo, y que es precisamente esta crisis la que ha dejado en paro y sin ingresos a muchas familias que en estos momentos no pueden hacer frente al pago de la hipoteca.

Esto abre una vía judicial para todos aquellos a los que ya les han subastado la vivienda y se han quedado con una deuda. Abre una vía para aquellos padres que avalaron a sus hijos y que ven horrorizados como una ejecución hipotecaria no solo condena a su hijo o hija a la pobreza sino que además se lleva por delante  su propia vivienda.

Nos parece lamentable sin embargo que sea desde un juzgado y no en las cortes legislativas donde se vislumbre una posible salida para las miles de familias inmersas en un proceso de ejecución hipotecaria. Es un síntoma más de una democracia débil que ha claudicado frente al poder y el chantaje de las entidades financieras.

http://www.tv3.cat/videos/3336430/Sentencia-pionera

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